Preguntas frecuentes

¿De qué trata este programa?

Barrios de Paz está dirigido a los 125 municipios de Jalisco, el cual busca incrementar las capacidades institucionales de los municipios, a través de apoyos económicos, capacitación y acompañamiento teórico metodológico para la implementación adecuada y efectiva de acciones de prevención de la violencia de género, enfocadas en el abuso sexual infantil, las masculinidades no violentas y la violencia sexual comunitaria.

¿Quienes pueden participar?

Los 125 municipios del Estado de Jalisco, sin embargo, se priorizarán a los 57 municipios derivados del índice de vulnerabilidad señalado en el Estudio sobre las vulnerabilidades, amenazas y riesgos que afectan a niñas y mujeres en el estado de Jalisco, realizado en 2018 por el Instituto Jalisciense de las Mujeres, municipios establecidos en la Solicitud de la Declaratoria de AVGM, los municipios contenidos en la Resolución 07/2020 de la CIDH que otorga medidas cautelares a favor de pobladores de las zonas aledañas al Río Santiago, así como los municipios identificados con alta incidencia de delitos de abuso sexual infantil, feminicidio, violaciones y/o violencia familiar (datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Nacional (SESNSP).

¿Que tipo de apoyo se va a otorgar?

“El Programa” cuenta con dos Modalidades de Apoyo:

Modalidad 1. Apoyo económico monetario: Se apoya al municipio con recurso económico para la contratación de servicios profesionales y la adquisición de recurso material en las tres vertientes de apoyo.

Modalidad 2. Capacitación especializada y asesoría: Se apoya al municipio con servicios por parte de personal de la SISEMH, proporcionando el acompañamiento teórico y metodológico a través de capacitación especializada dirigida a las y los profesionistas para la implementación adecuada y efectiva de cada una de las metodologías de prevención de la violencia de género, así como brindando asesoría especializada y seguimiento durante la operación de cada una de las metodologías de las vertientes, con la finalidad de asegurar la correcta implementación deéstas y dependerá de las necesidades propias de cada municipio. 

¿Qué se puede hacer con la Modalidad 1. Apoyo económico monetario?

Con el apoyo económico que al que puede acceder el municipio se puede utilizar única y exclusivamente en lo siguiente:

  • Contratación de profesionistas para la implementación de la metodología establecida en las vertientes de apoyo.
  • Compra de insumos necesarios para la implementación de las vertientes de apoyo.

¿Qué incluye la Modalidad 2. Capacitación especializada y asesoría?

El acompañamiento teórico y metodológico se hace a través de dos procesos de formación de capacidades, uno básico y otro especializado en la metodología a replicar.

Formación de capacidades básica: tiene como objetivo brindar a las y los profesionistas, un piso común en cuanto a perspectiva de género y prevención de las violencias contra las mujeres.

Formación de capacidades especializante: tiene como objetivo la formación de profesionistas especializados en la replicación de alguna de las metodologías que incluye "El Programa" en sus tres distintas vertientes, enfocadas en la prevención de abuso sexual infantil, erradicación de las conductas violentas contra las mujeres y la violencia sexual comunitaria,

Las vertientes son:

  • Vertiente "A" Educando para la Igualdad
  • Vertiente "B" CECOVIM
  • Vertiente "C" Nos Movemos Seguras

¿Cuál es la cantidad máxima que se puede obtener por municipio?

Destino de inversión “A” Continuidad: Para los municipios que han sido beneficiados en ejercicios fiscales anteriores para la réplica hasta tres vertientes

  • Monto máximo $1,254,000.00

Destino de inversión “B” Apertura. Para los municipios que no han sido beneficados en ejercicios anteriores para la réplica de hasta tres vertientes

  •  Monto máximo $1,722,000.00

¿Cuándo se hace la entrega del recurso?

Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de los convenios de coordinación, anexos técnicos y documentación del municipio debidamente firmada, sin observaciones, apegada a las ROP y a la convocatoria de "El Programa". 

¿Cuántos proyectos se pueden registrar por municipio?

Se pueden registrar mínimo 2 o máximo 3 proyectos por municipio, y será la o el presidente municpal quien designará a una dependencia del municipo para de llevar a cabo los registros, los cuales deberán estar alineados a las metodologías de las vertientes preventivas:

  • Vertiente "A" Educando para la Igualdad
  • Vertiente "B" CECOVIM
  • Vertiente "C" Nos Movemos Seguras

Sin que en ningún momento se pueda registrar dos proyectos por municipio por la misma vertiente preventiva.

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